EL NUEVO DESORDEN MUNDIAL, CON RICARDO LÓPEZ GÖTTIG – El Estatuto de Roma es el instrumento constitutivo de la Corte Penal Internacional, adoptado en 1998 durante una Conferencia de Naciones Unidas y ratificado en 2002. Dicho Estatuto estableció cuatro crímenes internacionales básicos: genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y crimen de agresión, sin estar sujetos a ningún estatuto de limitaciones. Según el mismo, la Corte Penal Internacional sólo puede investigar y enjuiciar estos cuatro supuestos en situaciones en las que los Estados “no pueden” o “no quieren” hacerlo por sí mismos, siendo la jurisdicción del tribunal complementaria a las jurisdicciones de los tribunales nacionales. La actual invasión rusa a Ucrania entraría en dicha categorización, planteando incluso responsabilidades penales individuales, más allá de las colectivas.
El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional
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