Ki Tetzé, con Irit Green
PARASHÁ – 21:10 Cuando salieres a la guerra contra tus enemigos, y Dios tu Dios los entregare en tu mano, y tomares de ellos cautivos,
21:11 y vieres entre los cautivos a alguna mujer hermosa, y la codiciares, y la tomares para ti por mujer,
21:12 la meterás en tu casa; y ella rapará su cabeza, y cortará sus uñas,
21:13 y se quitará el vestido de su cautiverio, y se quedará en tu casa; y llorará a su padre y a su madre un mes entero; y después podrás llegarte a ella, y tú serás su marido, y ella será tu mujer.
21:14 Y si no te agradare, la dejarás en libertad; no la venderás por dinero, ni la tratarás como esclava, por cuanto la humillaste.
21:15 Si un hombre tuviere dos mujeres, la una amada y la otra aborrecida, y la amada y la aborrecida le hubieren dado hijos, y el hijo primogénito fuere de la aborrecida;
21:16 en el día que hiciere heredar a sus hijos lo que tuviere, no podrá dar el derecho de primogenitura al hijo de la amada con preferencia al hijo de la aborrecida, que es el primogénito;
21:17 mas al hijo de la aborrecida reconocerá como primogénito, para darle el doble de lo que correspondiere a cada uno de los demás; porque él es el principio de su vigor, y suyo es el derecho de la primogenitura.
21:18 Si alguno tuviere un hijo contumaz y rebelde, que no obedeciere a la voz de su padre ni a la voz de su madre, y habiéndole castigado, no les obedeciere;
21:19 entonces lo tomarán su padre y su madre, y lo sacarán ante los ancianos de su ciudad, y a la puerta del lugar donde viva;
21:20 y dirán a los ancianos de la ciudad: Este nuestro hijo es contumaz y rebelde, no obedece a nuestra voz; es glotón y borracho.
21:21 Entonces todos los hombres de su ciudad lo apedrearán, y morirá; así quitarás el mal de en medio de ti, y todo Israel oirá, y temerá.
21:22 Si alguno hubiere cometido algún crimen digno de muerte, y lo hiciereis morir, y lo colgareis en un madero,
21:23 no dejaréis que su cuerpo pase la noche sobre el madero; sin falta lo enterrarás el mismo día, porque maldito por Dios es el colgado; y no contaminarás tu tierra que Dios tu Dios te da por heredad.
Capítulo 22
22:1 Si vieres extraviado el buey de tu hermano, o su cordero, no le negarás tu ayuda; lo volverás a tu hermano.
22:2 Y si tu hermano no fuere tu vecino, o no lo conocieres, lo recogerás en tu casa, y estará contigo hasta que tu hermano lo busque, y se lo devolverás.
22:3 Así harás con su asno, así harás también con su vestido, y lo mismo harás con toda cosa de tu hermano que se le perdiere y tú la hallares; no podrás negarle tu ayuda.
22:4 Si vieres el asno de tu hermano, o su buey, caído en el camino, no te apartarás de él; le ayudarás a levantarlo.
22:5 No vestirá la mujer traje de hombre, ni el hombre vestirá ropa de mujer; porque abominación es a Dios tu Dios cualquiera que esto hace.
22:6 Cuando encuentres por el camino algún nido de ave en cualquier árbol, o sobre la tierra, con pollos o huevos, y la madre echada sobre los pollos o sobre los huevos, no tomarás la madre con los hijos.
22:7 Dejarás ir a la madre, y tomarás los pollos para ti, para que te vaya bien, y prolongues tus días.
22:8 Cuando edifiques casa nueva, harás pretil a tu terrado, para que no eches culpa de sangre sobre tu casa, si de él cayere alguno.
22:9 No sembrarás tu viña con semillas diversas, no sea que se pierda todo, tanto la semilla que sembraste como el fruto de la viña.
22:10 No ararás con buey y con asno juntamente.
22:11 No vestirás ropa de lana y lino juntamente.
22:12 Te harás flecos en las cuatro puntas de tu manto con que te cubras.
22:13 Cuando alguno tomare mujer, y después de haberse llegado a ella la aborreciere,
22:14 y le atribuyere faltas que den que hablar, y dijere: A esta mujer tomé, y me llegué a ella, y no la hallé virgen;
22:15 entonces el padre de la joven y su madre tomarán y sacarán las señales de la virginidad de la doncella a los ancianos de la ciudad, en la puerta;
22:16 y dirá el padre de la joven a los ancianos: Yo di mi hija a este hombre por mujer, y él la aborrece;
22:17 y he aquí, él le atribuye faltas que dan que hablar, diciendo: No he hallado virgen a tu hija; pero ved aquí las señales de la virginidad de mi hija. Y extenderán la vestidura delante de los ancianos de la ciudad.
22:18 Entonces los ancianos de la ciudad tomarán al hombre y lo castigarán;
22:19 y le multarán en cien piezas de plata, las cuales darán al padre de la joven, por cuanto esparció mala fama sobre una virgen de Israel; y la tendrá por mujer, y no podrá despedirla en todos sus días.
22:20 Mas si resultare ser verdad que no se halló virginidad en la joven,
22:21 entonces la sacarán a la puerta de la casa de su padre, y la apedrearán los hombres de su ciudad, y morirá, por cuanto hizo vileza en Israel fornicando en casa de su padre; así quitarás el mal de en medio de ti.
22:22 Si fuere sorprendido alguno acostado con una mujer casada con marido, ambos morirán, el hombre que se acostó con la mujer, y la mujer también; así quitarás el mal de Israel.
22:23 Si hubiere una muchacha virgen desposada con alguno, y alguno la hallare en la ciudad, y se acostare con ella;
22:24 entonces los sacaréis a ambos a la puerta de la ciudad, y los apedrearéis, y morirán; la joven porque no dio voces en la ciudad, y el hombre porque humilló a la mujer de su prójimo; así quitarás el mal de en medio de ti.
22:25 Mas si un hombre hallare en el campo a la joven desposada, y la forzare aquel hombre, acostándose con ella, morirá solamente el hombre que se acostó con ella;
22:26 mas a la joven no le harás nada; no hay en ella culpa de muerte; pues como cuando alguno se levanta contra su prójimo y le quita la vida, así es en este caso.
22:27 Porque él la halló en el campo; dio voces la joven desposada, y no hubo quien la librase.
22:28 Cuando algún hombre hallare a una joven virgen que no fuere desposada, y la tomare y se acostare con ella, y fueren descubiertos;
22:29 entonces el hombre que se acostó con ella dará al padre de la joven cincuenta piezas de plata, y ella será su mujer, por cuanto la humilló; no la podrá despedir en todos sus días.
22:30 Ninguno tomará la mujer de su padre, ni profanará el lecho de su padre.
Capítulo 23
23:1 No entrará en la congregación de Dios el que tenga magullados los testículos, o amputado su miembro viril.
23:2 No entrará bastardo en la congregación de Dios; ni hasta la décima generación no entrarán en la congregación de Dios.
23:3 No entrará amonita ni moabita en la congregación de Dios, ni hasta la décima generación de ellos; no entrarán en la congregación de Dios para siempre,
23:4 por cuanto no os salieron a recibir con pan y agua al camino, cuando salisteis de Egipto, y porque alquilaron contra ti a Balaam hijo de Beor, de Petor en Mesopotamia, para maldecirte.
23:5 Mas no quiso Dios tu Dios oír a Balaam; y Dios tu Dios te convirtió la maldición en bendición, porque Dios tu Dios te amaba.
23:6 No procurarás la paz de ellos ni su bien en todos los días para siempre.
23:7 No aborrecerás al edomita, porque es tu hermano; no aborrecerás al egipcio, porque forastero fuiste en su tierra.
23:8 Los hijos que nacieren de ellos, en la tercera generación entrarán en la congregación de Dios.
23:9 Cuando salieres a campaña contra tus enemigos, te guardarás de toda cosa mala.
23:10 Si hubiere en medio de ti alguno que no fuere limpio, por razón de alguna impureza acontecida de noche, saldrá fuera del campamento, y no entrará en él.
23:11 Pero al caer la noche se lavará con agua, y cuando se hubiere puesto el sol, podrá entrar en el campamento.
23:12 Tendrás un lugar fuera del campamento adonde salgas;
23:13 tendrás también entre tus armas una estaca; y cuando estuvieres allí fuera, cavarás con ella, y luego al volverte cubrirás tu excremento;
23:14 porque Dios tu Dios anda en medio de tu campamento, para librarte y para entregar a tus enemigos delante de ti; por tanto, tu campamento ha de ser santo, para que él no vea en ti cosa inmunda, y se vuelva de en pos de ti.
23:15 No entregarás a su señor el siervo que se huyere a ti de su amo.
23:16 Morará contigo, en medio de ti, en el lugar que escogiere en alguna de tus ciudades, donde a bien tuviere; no le oprimirás.
23:17 No haya ramera de entre las hijas de Israel, ni haya sodomita de entre los hijos de Israel.
23:18 No traerás la paga de una ramera ni el precio de un perro a la casa de Dios tu Dios por ningún voto; porque abominación es a Dios tu Dios tanto lo uno como lo otro.
23:19 No exigirás de tu hermano interés de dinero, ni interés de comestibles, ni de cosa alguna de que se suele exigir interés.
23:20 Del extraño podrás exigir interés, mas de tu hermano no lo exigirás, para que te bendiga Dios tu Dios en toda obra de tus manos en la tierra adonde vas para tomar posesión de ella.
23:21 Cuando haces voto a Dios tu Dios, no tardes en pagarlo; porque ciertamente lo demandará Dios tu Dios de ti, y sería pecado en ti.
23:22 Mas cuando te abstengas de prometer, no habrá en ti pecado.
23:23 Pero lo que hubiere salido de tus labios, lo guardarás y lo cumplirás, conforme lo prometiste a Dios tu Dios, pagando la ofrenda voluntaria que prometiste con tu boca.
23:24 Cuando entres en la viña de tu prójimo, podrás comer uvas hasta saciarte; mas no pondrás en tu cesto.
23:25 Cuando entres en la mies de tu prójimo, podrás arrancar espigas con tu mano; mas no aplicarás hoz a la mies de tu prójimo.
Capítulo 24
24:1 Cuando alguno tomare mujer y se casare con ella, si no le agradare por haber hallado en ella alguna cosa indecente, le escribirá carta de divorcio, y se la entregará en su mano, y la despedirá de su casa.
24:2 Y salida de su casa, podrá ir y casarse con otro hombre.
24:3 Pero si la aborreciere este último, y le escribiere carta de divorcio, y se la entregare en su mano, y la despidiere de su casa; o si hubiere muerto el postrer hombre que la tomó por mujer,
24:4 no podrá su primer marido, que la despidió, volverla a tomar para que sea su mujer, después que fue envilecida; porque es abominación delante de Dios, y no has de pervertir la tierra que Dios tu Dios te da por heredad.
24:5 Cuando alguno fuere recién casado, no saldrá a la guerra, ni en ninguna cosa se le ocupará; libre estará en su casa por un año, para alegrar a la mujer que tomó.
24:6 No tomarás en prenda la muela del molino, ni la de abajo ni la de arriba; porque sería tomar en prenda la vida del hombre.
24:7 Cuando fuere hallado alguno que hubiere hurtado a uno de sus hermanos los hijos de Israel, y le hubiere esclavizado, o le hubiere vendido, morirá el tal ladrón, y quitarás el mal de en medio de ti.
24:8 En cuanto a la plaga de la lepra, ten cuidado de observar diligentemente y hacer según todo lo que os enseñaren los sacerdotes levitas; según yo les he mandado, así cuidaréis de hacer.
24:9 Acuérdate de lo que hizo Dios tu Dios a María en el camino, después que salisteis de Egipto.
24:10 Cuando entregares a tu prójimo alguna cosa prestada, no entrarás en su casa para tomarle prenda.
24:11 Te quedarás fuera, y el hombre a quien prestaste te sacará la prenda.
24:12 Y si el hombre fuere pobre, no te acostarás reteniendo aún su prenda.
24:13 Sin falta le devolverás la prenda cuando el sol se ponga, para que pueda dormir en su ropa, y te bendiga; y te será justicia delante de Dios tu Dios.
24:14 No oprimirás al jornalero pobre y menesteroso, ya sea de tus hermanos o de los extranjeros que habitan en tu tierra dentro de tus ciudades.
24:15 En su día le darás su jornal, y no se pondrá el sol sin dárselo; pues es pobre, y con él sustenta su vida; para que no clame contra ti a Dios, y sea en ti pecado.
24:16 Los padres no morirán por los hijos, ni los hijos por los padres; cada uno morirá por su pecado.
24:17 No torcerás el derecho del extranjero ni del huérfano, ni tomarás en prenda la ropa de la viuda,
24:18 sino que te acordarás que fuiste siervo en Egipto, y que de allí te rescató Dios tu Dios; por tanto, yo te mando que hagas esto.
24:19 Cuando siegues tu mies en tu campo, y olvides alguna gavilla en el campo, no volverás para recogerla; será para el extranjero, para el huérfano y para la viuda; para que te bendiga Dios tu Dios en toda obra de tus manos.
24:20 Cuando sacudas tus olivos, no recorrerás las ramas que hayas dejado tras de ti; serán para el extranjero, para el huérfano y para la viuda.
24:21 Cuando vendimies tu viña, no rebuscarás tras de ti; será para el extranjero, para el huérfano y para la viuda.
24:22 Y acuérdate que fuiste siervo en tierra de Egipto; por tanto, yo te mando que hagas esto.
Capítulo 25
25:1 Si hubiere pleito entre algunos, y acudieren al tribunal para que los jueces los juzguen, éstos absolverán al justo, y condenarán al culpable.
25:2 Y si el delincuente mereciere ser azotado, entonces el juez le hará echar en tierra, y le hará azotar en su presencia; según su delito será el número de azotes.
25:3 Se podrá dar cuarenta azotes, no más; no sea que, si lo hirieren con muchos azotes más que éstos, se sienta tu hermano envilecido delante de tus ojos.
25:4 No pondrás bozal al buey cuando trillare.
25:5 Cuando hermanos habitaren juntos, y muriere alguno de ellos, y no tuviere hijo, la mujer del muerto no se casará fuera con hombre extraño; su cuñado se llegará a ella, y la tomará por su mujer, y hará con ella parentesco.
25:6 Y el primogénito que ella diere a luz sucederá en el nombre de su hermano muerto, para que el nombre de éste no sea borrado de Israel.
25:7 Y si el hombre no quisiere tomar a su cuñada, irá entonces su cuñada a la puerta, a los ancianos, y dirá: Mi cuñado no quiere suscitar nombre en Israel a su hermano; no quiere emparentar conmigo.
25:8 Entonces los ancianos de aquella ciudad lo harán venir, y hablarán con él; y si él se levantare y dijere: No quiero tomarla,
25:9 se acercará entonces su cuñada a él delante de los ancianos, y le quitará el calzado del pie, y le escupirá en el rostro, y hablará y dirá: Así será hecho al varón que no quiere edificar la casa de su hermano.
25:10 Y se le dará este nombre en Israel: La casa del descalzado.
25:11 Si algunos riñeren uno con otro, y se acercare la mujer de uno para librar a su marido de mano del que le hiere, y alargando su mano asiere de sus partes vergonzosas,
25:12 le cortarás entonces la mano; no la perdonarás.
25:13 No tendrás en tu bolsa pesa grande y pesa chica,
25:14 ni tendrás en tu casa efa grande y efa pequeño.
25:15 Pesa exacta y justa tendrás; efa cabal y justo tendrás, para que tus días sean prolongados sobre la tierra que Dios tu Dios te da.
25:16 Porque abominación es a Dios tu Dios cualquiera que hace esto, y cualquiera que hace injusticia.
25:17 Acuérdate de lo que hizo Amalec contigo en el camino, cuando salías de Egipto;
25:18 de cómo te salió al encuentro en el camino, y te desbarató la retaguardia de todos los débiles que iban detrás de ti, cuando tú estabas cansado y trabajado; y no tuvo ningún temor de Dios.
25:19 Por tanto, cuando Dios tu Dios te dé descanso de todos tus enemigos alrededor, en la tierra que Dios tu Dios te da por heredad para que la poseas, borrarás la memoria de Amalec de debajo del cielo; no lo olvides.