Reé, con el rabino Moshe Bendahan

PARASHÁ – 11:26 He aquí yo pongo hoy delante de vosotros la bendición y la maldición:
11:27 la bendición, si oyereis los mandamientos de Dios vuestro Dios, que yo os prescribo hoy,
11:28 y la maldición, si no oyereis los mandamientos de Dios vuestro Dios, y os apartareis del camino que yo os ordeno hoy, para ir en pos de dioses ajenos que no habéis conocido.
11:29 Y cuando Dios tu Dios te haya introducido en la tierra a la cual vas para tomarla, pondrás la bendición sobre el monte Gerizim, y la maldición sobre el monte Ebal,
11:30 los cuales están al otro lado del Jordán, tras el camino del occidente en la tierra del cananeo, que habita en el Arabá frente a Gilgal, junto al encinar de More.
11:31 Porque vosotros pasáis el Jordán para ir a poseer la tierra que os da Dios vuestro Dios; y la tomaréis, y habitaréis en ella.
11:32 Cuidaréis, pues, de cumplir todos los estatutos y decretos que yo presento hoy delante de vosotros.
Capítulo 12
12:1 Estos son los estatutos y decretos que cuidaréis de poner por obra en la tierra que Dios el Dios de tus padres te ha dado para que tomes posesión de ella, todos los días que vosotros viviereis sobre la tierra.
12:2 Destruiréis enteramente todos los lugares donde las naciones que vosotros heredaréis sirvieron a sus dioses, sobre los montes altos, y sobre los collados, y debajo de todo árbol frondoso.
12:3 Derribaréis sus altares, y quebraréis sus estatuas, y sus imágenes de Asera consumiréis con fuego; y destruiréis las esculturas de sus dioses, y raeréis su nombre de aquel lugar.
12:4 No haréis así a Dios vuestro Dios,
12:5 sino que el lugar que Dios vuestro Dios escogiere de entre todas vuestras tribus, para poner allí su nombre para su habitación, ése buscaréis, y allá iréis.
12:6 Y allí llevaréis vuestros holocaustos, vuestros sacrificios, vuestros diezmos, y la ofrenda elevada de vuestras manos, vuestros votos, vuestras ofrendas voluntarias, y las primicias de vuestras vacas y de vuestras ovejas;
12:7 y comeréis allí delante de Dios vuestro Dios, y os alegraréis, vosotros y vuestras familias, en toda obra de vuestras manos en la cual Dios tu Dios te hubiere bendecido.
12:8 No haréis como todo lo que hacemos nosotros aquí ahora, cada uno lo que bien le parece,
12:9 porque hasta ahora no habéis entrado al reposo y a la heredad que os da Dios vuestro Dios.
12:10 Mas pasaréis el Jordán, y habitaréis en la tierra que Dios vuestro Dios os hace heredar; y él os dará reposo de todos vuestros enemigos alrededor, y habitaréis seguros.
12:11 Y al lugar que Dios vuestro Dios escogiere para poner en él su nombre, allí llevaréis todas las cosas que yo os mando: vuestros holocaustos, vuestros sacrificios, vuestros diezmos, las ofrendas elevadas de vuestras manos, y todo lo escogido de los votos que hubiereis prometido a Dios.
12:12 Y os alegraréis delante de Dios vuestro Dios, vosotros, vuestros hijos, vuestras hijas, vuestros siervos y vuestras siervas, y el levita que habite en vuestras poblaciones; por cuanto no tiene parte ni heredad con vosotros.
12:13 Cuídate de no ofrecer tus holocaustos en cualquier lugar que vieres;
12:14 sino que en el lugar que Dios escogiere, en una de tus tribus, allí ofrecerás tus holocaustos, y allí harás todo lo que yo te mando.
12:15 Con todo, podrás matar y comer carne en todas tus poblaciones conforme a tu deseo, según la bendición que Dios tu Dios te haya dado; el inmundo y el limpio la podrá comer, como la de gacela o de ciervo.
12:16 Solamente que sangre no comeréis; sobre la tierra la derramaréis como agua.
12:17 Ni comerás en tus poblaciones el diezmo de tu grano, de tu vino o de tu aceite, ni las primicias de tus vacas, ni de tus ovejas, ni los votos que prometieres, ni las ofrendas voluntarias, ni las ofrendas elevadas de tus manos;
12:18 sino que delante de Dios tu Dios las comerás, en el lugar que Dios tu Dios hubiere escogido, tú, tu hijo, tu hija, tu siervo, tu sierva, y el levita que habita en tus poblaciones; te alegrarás delante de Dios tu Dios de toda la obra de tus manos.
12:19 Ten cuidado de no desamparar al levita en todos tus días sobre la tierra.
12:20 Cuando Dios tu Dios ensanchare tu territorio, como él te ha dicho, y tú dijeres: Comeré carne, porque deseaste comerla, conforme a lo que deseaste podrás comer.
12:21 Si estuviere lejos de ti el lugar que Dios tu Dios escogiere para poner allí su nombre, podrás matar de tus vacas y de tus ovejas que Dios te hubiere dado, como te he mandado yo, y comerás en tus puertas según todo lo que deseares.
12:22 Lo mismo que se come la gacela y el ciervo, así las podrás comer; el inmundo y el limpio podrán comer también de ellas.
12:23 Solamente que te mantengas firme en no comer sangre; porque la sangre es la vida, y no comerás la vida juntamente con su carne.
12:24 No la comerás; en tierra la derramarás como agua.
12:25 No comerás de ella, para que te vaya bien a ti y a tus hijos después de ti, cuando hicieres lo recto ante los ojos de Dios.
12:26 Pero las cosas que hubieres consagrado, y tus votos, las tomarás, y vendrás con ellas al lugar que Dios hubiere escogido;
12:27 y ofrecerás tus holocaustos, la carne y la sangre, sobre el altar de Dios tu Dios; y la sangre de tus sacrificios será derramada sobre el altar de Dios tu Dios, y podrás comer la carne.
12:28 Guarda y escucha todas estas palabras que yo te mando, para que haciendo lo bueno y lo recto ante los ojos de Dios tu Dios, te vaya bien a ti y a tus hijos después de ti para siempre. 12:29 Cuando Dios tu Dios haya destruido delante de ti las naciones adonde tú vas para poseerlas, y las heredes, y habites en su tierra,
12:30 guárdate que no tropieces yendo en pos de ellas, después que sean destruidas delante de ti; no preguntes acerca de sus dioses, diciendo: De la manera que servían aquellas naciones a sus dioses, yo también les serviré.
12:31 No harás así a Dios tu Dios; porque toda cosa abominable que Dios aborrece, hicieron ellos a sus dioses; pues aun a sus hijos y a sus hijas quemaban en el fuego a sus dioses.
12:32 Cuidarás de hacer todo lo que yo te mando; no añadirás a ello, ni de ello quitarás.
Capítulo 13
13:1 Cuando se levantare en medio de ti profeta, o soñador de sueños, y te anunciare señal o prodigios,
13:2 y si se cumpliere la señal o prodigio que él te anunció, diciendo: Vamos en pos de dioses ajenos, que no conociste, y sirvámosles;
13:3 no darás oído a las palabras de tal profeta, ni al tal soñador de sueños; porque Dios vuestro Dios os está probando, para saber si amáis a Dios vuestro Dios con todo vuestro corazón, y con toda vuestra alma.
13:4 En pos de Dios vuestro Dios andaréis; a él temeréis, guardaréis sus mandamientos y escucharéis su voz, a él serviréis, y a él seguiréis.
13:5 Tal profeta o soñador de sueños ha de ser muerto, por cuanto aconsejó rebelión contra Dios vuestro Dios que te sacó de tierra de Egipto y te rescató de casa de servidumbre, y trató de apartarte del camino por el cual Dios tu Dios te mandó que anduvieses; y así quitarás el mal de en medio de ti.
13:6 Si te incitare tu hermano, hijo de tu madre, o tu hijo, tu hija, tu mujer o tu amigo íntimo, diciendo en secreto: Vamos y sirvamos a dioses ajenos, que ni tú ni tus padres conocisteis,
13:7 de los dioses de los pueblos que están en vuestros alrededores, cerca de ti o lejos de ti, desde un extremo de la tierra hasta el otro extremo de ella;
13:8 no consentirás con él, ni le prestarás oído; ni tu ojo le compadecerá, ni le tendrás misericordia, ni lo encubrirás,
13:9 sino que lo matarás; tu mano se alzará primero sobre él para matarle, y después la mano de todo el pueblo.
13:10 Le apedrearás hasta que muera, por cuanto procuró apartarte de Dios tu Dios, que te sacó de tierra de Egipto, de casa de servidumbre;
13:11 para que todo Israel oiga, y tema, y no vuelva a hacer en medio de ti cosa semejante a esta.
13:12 Si oyeres que se dice de alguna de tus ciudades que Dios tu Dios te da para vivir en ellas,
13:13 que han salido de en medio de ti hombres impíos que han instigado a los moradores de su ciudad, diciendo: Vamos y sirvamos a dioses ajenos, que vosotros no conocisteis;
13:14 tú inquirirás, y buscarás y preguntarás con diligencia; y si pareciere verdad, cosa cierta, que tal abominación se hizo en medio de ti,
13:15 irremisiblemente herirás a filo de espada a los moradores de aquella ciudad, destruyéndola con todo lo que en ella hubiere, y también matarás sus ganados a filo de espada.
13:16 Y juntarás todo su botín en medio de la plaza, y consumirás con fuego la ciudad y todo su botín, todo ello, como holocausto a Dios tu Dios, y llegará a ser un montón de ruinas para siempre; nunca más será edificada.
13:17 Y no se pegará a tu mano nada del anatema, para que Dios se aparte del ardor de su ira, y tenga de ti misericordia, y tenga compasión de ti, y te multiplique, como lo juró a tus padres,
13:18 cuando obedecieres a la voz de Dios tu Dios, guardando todos sus mandamientos que yo te mando hoy, para hacer lo recto ante los ojos de Dios tu Dios.
Capítulo 14
14:1 Hijos sois de Dios vuestro Dios; no os sajaréis, ni os raparéis a causa de muerto.
14:2 Porque eres pueblo santo a Dios tu Dios, y Dios te ha escogido para que le seas un pueblo único de entre todos los pueblos que están sobre la tierra. 14:3 Nada abominable comerás.
14:4 Estos son los animales que podréis comer: el buey, la oveja, la cabra,
14:5 el ciervo, la gacela, el corzo, la cabra montés, el íbice, el antílope y el carnero montés.
14:6 Y todo animal de pezuñas, que tiene hendidura de dos uñas, y que rumiare entre los animales, ese podréis comer.
14:7 Pero estos no comeréis, entre los que rumian o entre los que tienen pezuña hendida: camello, liebre y conejo; porque rumian, mas no tienen pezuña hendida, serán inmundos;
14:8 ni cerdo, porque tiene pezuña hendida, mas no rumia; os será inmundo. De la carne de éstos no comeréis, ni tocaréis sus cuerpos muertos.
14:9 De todo lo que está en el agua, de estos podréis comer: todo lo que tiene aleta y escama.
14:10 Mas todo lo que no tiene aleta y escama, no comeréis; inmundo será.
14:11 Toda ave limpia podréis comer.
14:12 Y estas son de las que no podréis comer: el águila, el quebrantahuesos, el azor,
14:13 el gallinazo, el milano según su especie,
14:14 todo cuervo según su especie,
14:15 el avestruz, la lechuza, la gaviota y el gavilán según sus especies,
14:16 el buho, el ibis, el calamón,
14:17 el pelícano, el buitre, el somormujo,
14:18 la cigüeña, la garza según su especie, la abubilla y el murciélago.
14:19 Todo insecto alado será inmundo; no se comerá.
14:20 Toda ave limpia podréis comer.
14:21 Ninguna cosa mortecina comeréis; al extranjero que está en tus poblaciones la darás, y él podrá comerla; o véndela a un extranjero, porque tú eres pueblo santo a Dios tu Dios. No cocerás el cabrito en la leche de su madre. 14:22 Indefectiblemente diezmarás todo el producto del grano que rindiere tu campo cada año.
14:23 Y comerás delante de Dios tu Dios en el lugar que él escogiere para poner allí su nombre, el diezmo de tu grano, de tu vino y de tu aceite, y las primicias de tus manadas y de tus ganados, para que aprendas a temer a Dios tu Dios todos los días.
14:24 Y si el camino fuere tan largo que no puedas llevarlo, por estar lejos de ti el lugar que Dios tu Dios hubiere escogido para poner en él su nombre, cuando Dios tu Dios te bendijere,
14:25 entonces lo venderás y guardarás el dinero en tu mano, y vendrás al lugar que Dios tu Dios escogiere;
14:26 y darás el dinero por todo lo que deseas, por vacas, por ovejas, por vino, por sidra, o por cualquier cosa que tú deseares; y comerás allí delante de Dios tu Dios, y te alegrarás tú y tu familia.
14:27 Y no desampararás al levita que habitare en tus poblaciones; porque no tiene parte ni heredad contigo.
14:28 Al fin de cada tres años sacarás todo el diezmo de tus productos de aquel año, y lo guardarás en tus ciudades.
14:29 Y vendrá el levita, que no tiene parte ni heredad contigo, y el extranjero, el huérfano y la viuda que hubiere en tus poblaciones, y comerán y serán saciados; para que Dios tu Dios te bendiga en toda obra que tus manos hicieren.
Capítulo 15
15:1 Cada siete años harás remisión.
15:2 Y esta es la manera de la remisión: perdonará a su deudor todo aquel que hizo empréstito de su mano, con el cual obligó a su prójimo; no lo demandará más a su prójimo, o a su hermano, porque es pregonada la remisión de Dios.
15:3 Del extranjero demandarás el reintegro; pero lo que tu hermano tuviere tuyo, lo perdonará tu mano,
15:4 para que así no haya en medio de ti mendigo; porque Dios te bendecirá con abundancia en la tierra que Dios tu Dios te da por heredad para que la tomes en posesión,
15:5 si escuchares fielmente la voz de Dios tu Dios, para guardar y cumplir todos estos mandamientos que yo te ordeno hoy.
15:6 Ya que Dios tu Dios te habrá bendecido, como te ha dicho, prestarás entonces a muchas naciones, mas tú no tomarás prestado; tendrás dominio sobre muchas naciones, pero sobre ti no tendrán dominio.15:7 Cuando haya en medio de ti menesteroso de alguno de tus hermanos en alguna de tus ciudades, en la tierra que Dios tu Dios te da, no endurecerás tu corazón, ni cerrarás tu mano contra tu hermano pobre,
15:8 sino abrirás a él tu mano liberalmente, y en efecto le prestarás lo que necesite.
15:9 Guárdate de tener en tu corazón pensamiento perverso, diciendo: Cerca está el año séptimo, el de la remisión, y mires con malos ojos a tu hermano menesteroso para no darle; porque él podrá clamar contra ti a Dios, y se te contará por pecado.
15:10 Sin falta le darás, y no serás de mezquino corazón cuando le des; porque por ello te bendecirá Dios tu Dios en todos tus hechos, y en todo lo que emprendas.
15:11 Porque no faltarán menesterosos en medio de la tierra; por eso yo te mando, diciendo: Abrirás tu mano a tu hermano, al pobre y al menesteroso en tu tierra. 15:12 Si se vendiere a ti tu hermano hebreo o hebrea, y te hubiere servido seis años, al séptimo le despedirás libre.
15:13 Y cuando lo despidieres libre, no le enviarás con las manos vacías.
15:14 Le abastecerás liberalmente de tus ovejas, de tu era y de tu lagar; le darás de aquello en que Dios te hubiere bendecido.
15:15 Y te acordarás de que fuiste siervo en la tierra de Egipto, y que Dios tu Dios te rescató; por tanto yo te mando esto hoy.
15:16 Si él te dijere: No te dejaré; porque te ama a ti y a tu casa, y porque le va bien contigo;
15:17 entonces tomarás una lesna, y horadarás su oreja contra la puerta, y será tu siervo para siempre; así también harás a tu criada.
15:18 No te parezca duro cuando le enviares libre, pues por la mitad del costo de un jornalero te sirvió seis años; y Dios tu Dios te bendecirá en todo cuanto hicieres.15:19 Consagrarás a Dios tu Dios todo primogénito macho de tus vacas y de tus ovejas; no te servirás del primogénito de tus vacas, ni trasquilarás el primogénito de tus ovejas.
15:20 Delante de Dios tu Dios los comerás cada año, tú y tu familia, en el lugar que Dios escogiere.
15:21 Y si hubiere en él defecto, si fuere ciego, o cojo, o hubiere en él cualquier falta, no lo sacrificarás a Dios tu Dios.
15:22 En tus poblaciones lo comerás; el inmundo lo mismo que el limpio comerán de él, como de una gacela o de un ciervo.
15:23 Solamente que no comas su sangre; sobre la tierra la derramarás como agua.
Capítulo 16
16:1 Guardarás el mes de Abib, y harás pascua a Dios tu Dios; porque en el mes de Abib te sacó Dios tu Dios de Egipto, de noche.
16:2 Y sacrificarás la pascua a Dios tu Dios, de las ovejas y de las vacas, en el lugar que Dios escogiere para que habite allí su nombre.
16:3 No comerás con ella pan con levadura; siete días comerás con ella pan sin levadura, pan de aflicción, porque aprisa saliste de tierra de Egipto; para que todos los días de tu vida te acuerdes del día en que saliste de la tierra de Egipto.
16:4 Y no se verá levadura contigo en todo tu territorio por siete días; y de la carne que matares en la tarde del primer día, no quedará hasta la mañana.
16:5 No podrás sacrificar la pascua en cualquiera de las ciudades que Dios tu Dios te da;
16:6 sino en el lugar que Dios tu Dios escogiere para que habite allí su nombre, sacrificarás la pascua por la tarde a la puesta del sol, a la hora que saliste de Egipto.
16:7 Y la asarás y comerás en el lugar que Dios tu Dios hubiere escogido; y por la mañana regresarás y volverás a tu habitación.
16:8 Seis días comerás pan sin levadura, y el séptimo día será fiesta solemne a Dios tu Dios; no trabajarás en él.
16:9 Siete semanas contarás; desde que comenzare a meterse la hoz en las mieses comenzarás a contar las siete semanas.
16:10 Y harás la fiesta solemne de las semanas a Dios tu Dios; de la abundancia voluntaria de tu mano será lo que dieres, según Dios tu Dios te hubiere bendecido.
16:11 Y te alegrarás delante de Dios tu Dios, tú, tu hijo, tu hija, tu siervo, tu sierva, el levita que habitare en tus ciudades, y el extranjero, el huérfano y la viuda que estuvieren en medio de ti, en el lugar que Dios tu Dios hubiere escogido para poner allí su nombre.
16:12 Y acuérdate de que fuiste siervo en Egipto; por tanto, guardarás y cumplirás estos estatutos.
16:13 La fiesta solemne de los tabernáculos harás por siete días, cuando hayas hecho la cosecha de tu era y de tu lagar.
16:14 Y te alegrarás en tus fiestas solemnes, tú, tu hijo, tu hija, tu siervo, tu sierva, y el levita, el extranjero, el huérfano y la viuda que viven en tus poblaciones.
16:15 Siete días celebrarás fiesta solemne a Dios tu Dios en el lugar que Dios escogiere; porque te habrá bendecido Dios tu Dios en todos tus frutos, y en toda la obra de tus manos, y estarás verdaderamente alegre.
16:16 Tres veces cada año aparecerá todo varón tuyo delante de Dios tu Dios en el lugar que él escogiere: en la fiesta solemne de los panes sin levadura, y en la fiesta solemne de las semanas, y en la fiesta solemne de los tabernáculos. Y ninguno se presentará delante de Dios con las manos vacías;
16:17 cada uno con la ofrenda de su mano, conforme a la bendición que Dios tu Dios te hubiere dado.

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