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‎21 Heshvan 5785 | ‎21/11/2024

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Shavuot y el futuro

Shavuot y el futuro

LA PALABRA – Antes que la nación israelita escapara de la esclavitud en Egipto, se regía por normas ancladas en la tradición oral de las tribus que la componían. Sin embargo, al recibir la Ley por escrito, algo muy profundo se transformó, gracias a unas nuevas normas (resumidas en 10 “mandamientos”) que daban inicio a una era diferente. Uno de los elementos más distintivos en aquellas tablas era la utilización del “futuro”: en lugar del “si has robado se te cortará la mano” de otros códigos criminalísticos de la zona, el mandamiento israelita es preventivo. Dice “no robarás”, “no asesinarás”, “no adorarás a otro dios”: mandamientos u órdenes, sin determinar qué pasará si no te atienes a la advertencia.

Los sucesos, creencias y deseos prohibidos son una posibilidad al alcance de cualquiera. Formar parte de una nación a la que se promete un destino y una tierra bendecidos conlleva el precio de comprometerse a actuar con virtud, aniquilando el pecado antes de ser cometido, por contraste con la ética posterior del cristianismo, que parte de la base de que todos trasgrediremos las prohibiciones: ni el más santo se libra de ello y puede arrojar la primera piedra de la sentencia. Para los trasgresores, el judaísmo sólo contempla una vía de redención: sin intermediarios, en “diálogo” directo con Dios. Y, aún en el caso de no solicitar perdón o clemencia por las acciones que violan el compromiso de los mandamientos, no se aclara cuál será la respuesta divina. Ante este “vacío legal” se han venido pronunciando jueces y rabinos, basando la jurisprudencia en los dictámenes de “jajaméinu”: nuestros sabios, que no son sino otros grandes conocedores de la Ley, pero humanos y, por ello, falibles y pecadores en alguna medida.

La “justicia” judía se basa más en las interpretaciones que en un código explícito, lo que no facilita ni agiliza precisamente los dictámenes. En realidad, los tribunales son un último recurso cuando ha fallado la conciencia personal y la presión social. Este último elemento ha sido y sigue siendo motivo de controversia en la historia judía en la diáspora y en Israel, ya que los adscritos a las corrientes más ortodoxas entienden dicha presión (que muchos no practicantes ven como una imposición), como parte del ejercicio de la justicia.  

Matán Torá, la entrega de la Ley que celebramos estos días, nos aboca a un concepto de la justicia no siempre acorde con la tradición clásica romana, mucho más social y que adquiere su significado en la mística, pero deja su realización en manos mundanas que, aunque eruditas, reconocen sus límites y se amparan en los usos y tradiciones, generalmente conciliadores. Por ello, a lo largo de la historia y las diásporas, el primer grado de independencia solicitado a las autoridades locales fue el de dirimir los asuntos legales (en los que no esté implicado un gentil) mediante tribunales autónomos de otras jerarquías (como la iglesia o la corte), factor muy determinante de la cohesión comunitaria mantenida a lo largo de los siglos.

Jorge Rozemblum

Director de Radio Sefarad